Título TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO IV

Art. Disposición adicional sexta

En vigor desde 2 oct 2016
Todas las entidades y organismos públicos que en el momento de la entrada en vigor de esta Ley tengan la condición de medio propio en el ámbito estatal deberán adaptarse a lo previsto en esta Ley en el plazo de seis meses a contar desde su entrada en vigor.
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eli/es/l/2015/10/01/40#disposicion-adicional-sexta

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