Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO VII
Art. 136
En vigor desde 2 oct 2016
A las fundaciones del sector público estatal le resultará de aplicación el régimen de fusión, disolución, liquidación y extinción previsto en los artículos 94, 96 y 97.
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Proeli/es/l/2015/10/01/40#art-136