Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO VII

Art. 131

En vigor desde 2 oct 2016
La contratación de las fundaciones del sector público estatal se ajustará a lo dispuesto en la legislación sobre contratación del sector público.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/l/2015/10/01/40#art-131

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil