Libro LIBRO PRIMEROTítulo TÍTULO VCapítulo CAPÍTULO IV

Art. 63

En vigor desde 7 ene 2027
1. El titular de un coto de caza debe presentar a la consejería competente en materia de caza una declaración responsable acompañada de una memoria anual que recoja los aprovechamientos y actividades realizadas en la temporada de caza, en el plazo de un mes desde la finalización de la misma. 2. En caso de que el plan contase con especies objeto de precintado, debe cumplir con las instrucciones relativas a la presentación de resultados de los mismos.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-md/l/2026/07/02/4#art-63

Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil