Capítulo CAPÍTULO VI

Art. 34

En vigor desde 1 mar 2024
El Gobierno Vasco asegurará que los métodos, currículos y recursos educativos sirvan para aumentar la comprensión y el respeto a la diversidad en relación con la identidad sexual o de género, incluyendo las necesidades particulares del alumnado y las de sus progenitores y familiares en este sentido.
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eli/es-pv/l/2024/02/15/4#art-34

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