Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO I›Secc. Sección 3.ª Régimen sancionador
Art. 41
En vigor desde 8 mar 2023
1. Las infracciones leves se sancionarán con la suspensión del derecho a percibir la renta social durante un mes.
2. Las infracciones graves se sancionan con la extinción de la prestación económica y la prohibición de acceso a esta prestación en un período de tres meses. Si hay personas menores de dieciocho años, se reducirá a un mes.
3. Las infracciones muy graves se sancionan con la extinción de la prestación económica y la prohibición de acceso a esta prestación en un período de seis meses. Si hay personas menores de dieciocho años, se reducirá a tres meses.
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Proeli/es-ib/l/2023/02/27/4#art-41