Título TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO IIISecc. Sección 2.ª Principio de no discriminación y protección contra abusos contractuales

Art. 34

En vigor desde 11 may 2023
No podrán asignarse diferentes precios a idénticos productos o servicios puestos a disposición de las personas consumidoras y usuarias en función del género de la persona destinataria.
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eli/es-pv/l/2023/04/27/4#art-34

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