Título TÍTULO IVCapítulo CAPÍTULO I

Art. 60

En vigor desde 4 abr 2023
El impulso y control de la acción política y de gobierno se ejercerá por el Parlamento de Canarias mediante los mecanismos y procedimientos previstos en el Reglamento del Parlamento de Canarias.
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eli/es-cn/l/2023/03/23/4#art-60

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