Título TÍTULO VI›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 76
En vigor desde 7 ago 2022
En el portal web de cada consejo insular se tienen que poder consultar las iniciativas normativas y su estado de tramitación, con objeto de garantizar la información a los ciudadanos y de facilitar su participación en los procedimientos correspondientes.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es-ib/l/2022/06/28/4#art-76