Título TÍTULO VI›Capítulo CAPÍTULO III
Art. 31
En vigor desde 21 nov 2021
Serán motivos para el acceso a la situación de segunda actividad los siguientes:
Por enfermedad o circunstancias sobrevenidas, o cuando las condiciones físicas o psíquicas del funcionario así lo aconsejen. En el caso de ser susceptible de ser declarado en situación de incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez se remitirá el informe a la Dirección General competente en materia de Función Pública, para que siga la tramitación fijada en la normativa de función pública.
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Proeli/es-cb/l/2021/05/13/4#art-31