Título TÍTULO VI›Capítulo CAPÍTULO II
Art. 29
En vigor desde 21 nov 2021
El personal del Servicio de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamento dispondrá de un seguro para cubrir el riesgo de muerte o invalidez total o parcial. Así mismo dispondrán de un seguro de responsabilidad civil derivada del cumplimiento de sus funciones.
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Proeli/es-cb/l/2021/05/13/4#art-29