Título TÍTULO VII›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 35
En vigor desde 21 nov 2021
En lo no previsto en la presente ley, los empleados públicos de los Servicios de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamento de las Administraciones públicas tendrá los mismos derechos y obligaciones que el resto del personal al servicio de las Administraciones públicas.
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Proeli/es-cb/l/2021/05/13/4#art-35