Título TÍTULO VII

Art. 32

En vigor desde 15 may 2018
Se fomentará la acción voluntaria en todas sus variantes a través de los medios de comunicación social de carácter público, especialmente en la RTVA, con contenidos adecuados para realizar dicha promoción y poner en valor experiencias positivas en esta materia.
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eli/es-an/l/2018/05/08/4#art-32

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