Título TÍTULO VII

Art. 31

En vigor desde 15 may 2018
La Administración de la Junta de Andalucía, en el ámbito de sus competencias, adoptará las medidas necesarias para incluir en los contenidos educativos la promoción de la acción voluntaria. Los planes educativos deberán contemplar pedagogías adecuadas para el fomento del voluntariado y las diferentes actuaciones que se pueden realizar desde esta perspectiva. Para ello dispondrán de herramientas, recursos y estrategias para dicho fomento.
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eli/es-an/l/2018/05/08/4#art-31

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