Título TÍTULO I›Capítulo CAPÍTULO II
Art. 11
En vigor desde 11 jul 2018
Las Administraciones públicas facilitarán y fomentarán la participación de la sociedad civil, en colaboración con los miembros de la Red, poniendo a su disposición instrumentos o redes de solidaridad que permitan captar recursos que sirvan a los objetivos de aquella, impulsando iniciativas colaborativas y redes de solidaridad, del tipo Banco del Tiempo, u otras fórmulas de intercambio y apoyo mutuo entre la ciudadanía.
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Proeli/es-cl/l/2018/07/02/4#art-11