Título TÍTULO PRELIMINARCapítulo CAPÍTULO I

Art. 3

En vigor desde 11 ene 2018
La presente ley tiene los siguientes fines: 1. Conseguir el máximo nivel de protección y bienestar de los animales incluidos en el ámbito de aplicación de esta ley, en consonancia con su condición de seres vivos dotados de sensibilidad física y psíquica. 2. Fomentar el conocimiento del mundo animal que contribuya a una conducta más responsable y cívica de las personas en el respeto, defensa y preservación de los animales, así como en su tenencia, acorde con sus necesidades fisiológicas y etológicas. 3. Compatibilizar el bienestar de los animales con su disfrute y mantenimiento por las personas. 4. Armonizar la tenencia de los animales con la convivencia social pacífica y segura. 5. Impulsar y promover la identificación de los animales para combatir el abandono y maltrato de los mismos.
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eli/es-ga/l/2017/10/03/4#art-3

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