Título TÍTULO III

Art. Disposición adicional segunda

En vigor desde 10 feb 2017
En el plazo máximo de tres meses desde la constitución del Consejo de Dirección de la AVSRE, el Consell de la Generalitat aprobará el reglamento orgánico y funcional de la AVSRE.
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eli/es-vc/l/2017/02/03/4#disposicion-adicional-segunda

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