Título TÍTULO IVCapítulo CAPÍTULO II

Art. 64

En vigor desde 21 jul 2017
Sin perjuicio de las infracciones que establezca la normativa estatal, estas se clasifican en muy graves, graves y leves, de conformidad con la tipificación establecida en los siguientes artículos.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-ib/l/2017/07/12/4#art-64

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil