Capítulo CAPÍTULO IVSecc. Sección 3.ª Régimen sancionador aplicable a los incumplimientos de las obligaciones y requisitos de carácter sanitario

Art. Disposición final segunda

En vigor desde 5 abr 2015
La presente ley entrará en vigor al mes de su publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-mc/l/2015/03/03/4#disposicion-final-segunda

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil