Art. Disposición final segunda
Capítulo CAPÍTULO IVSecc. Sección 3.ª Régimen sancionador aplicable a los incumplimientos de las obligaciones y requisitos de carácter sanitario

Art. Disposición final segunda

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En vigor desde 5 abr 2015
La presente ley entrará en vigor al mes de su publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia.
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