Título TÍTULO III›Capítulo CAPÍTULO III›Secc. Sección 2.ª Estudios de viabilidad de grandes infraestructuras de transporte
Art. Disposición adicional sexta
En vigor desde 29 jun 2014
La normativa establecida en esta ley relativa al transporte tranviario será de aplicación a otros sistemas de transporte que presenten las mismas características que el servicio tranviario, o características similares en cuanto a la plataforma de vía y su naturaleza jurídica.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es-ib/l/2014/06/20/4#disposicion-adicional-sexta