Capítulo CAPÍTULO I
Art. 5
En vigor desde 6 mar 2012
Las personas integrantes del Consejo en representación de las organizaciones y confederaciones sindicales y de las confederaciones empresariales serán designadas por estas y nombradas por el lehendakari o la lehendakari.
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Proeli/es-pv/l/2012/02/23/4#art-5