Capítulo CAPÍTULO IIISecc. Sección 9.ª Coordinación en las tecnologías de la información y de la comunicación

Art. 32

En vigor desde 23 may 2012
Los ayuntamientos del Área Metropolitana de Vigo, con objeto de mejorar la eficacia, garantizar el acceso de la ciudadanía a internet y promover su participación, crearán y gestionarán una plataforma informática común, que permitirá, entre otras cosas: a) Elaborar un catálogo de prestaciones y servicios en línea común para todos los ciudadanos del área. b) Unificar determinados trámites administrativos a través de la red para que sean fácilmente identificables y realizables por los ciudadanos. c) Cooperar con los ayuntamientos para que incrementen este tipo de prestaciones en línea para los ciudadanos. d) Promover y extender el uso de internet y de las nuevas tecnologías en el ámbito de actuación del área. e) Centralizar y coordinar los servicios técnicos informáticos, en la búsqueda de la reducción de costes, de la optimización de recursos y de la instauración de economías de escala.
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eli/es-ga/l/2012/04/12/4#art-32

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