Capítulo CAPÍTULO IIISecc. Sección 6.ª Prevención y extinción de incendios

Art. 25

En vigor desde 23 may 2012
El Área Metropolitana de Vigo podrá asumir la prestación de servicios de titularidad municipal en materia de prevención y extinción de incendios. En el marco de la planificación general que le corresponde a la Xunta de Galicia, el Área Metropolitana de Vigo y el Consorcio Provincial para la Extinción de Incendios podrán coordinar sus facultades en orden a una más efectiva prestación de los servicios.
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eli/es-ga/l/2012/04/12/4#art-25

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