Título TÍTULO IV›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 22
En vigor desde 23 jun 2010
Serán beneficiarios de las disposiciones contenidas en esta ley en materia de agricultura y ganadería los agricultores profesionales y las sociedades agrarias de transformación titulares y explotaciones agrarias y las cooperativas agrarias, sean éstas de primero o de segundo grado.
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Proeli/es-ib/l/2010/06/16/4#art-22