Título TÍTULO VI›Capítulo CAPÍTULO II
Art. Disposición derogatoria única
En vigor desde 1 jul 2009
1. Quedan expresamente derogadas las siguientes normas:
La Ley 11/1992, de 24 de noviembre, de Ordenación del Territorio, y la Ley 1/2001, de 8 de febrero, de modificación de la anterior.
El Decreto 37/1994, de 23 de febrero, del Gobierno de Aragón, por el que se regulan los Programas Específicos de Actuación Comarcal.
Los artículos 77 y 78 de la Ley 5/1999, de 25 de marzo, Urbanística.
2. Quedan asimismo derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo establecido en esta ley.
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Proeli/es-ar/l/2009/06/22/4#disposicion-derogatoria-unica