Título TÍTULO VI›Capítulo CAPÍTULO II
Art. Disposición adicional undécima
En vigor desde 20 nov 2014
Se autoriza al Gobierno de Aragón a modificar las denominaciones de los órganos administrativos referidos en el articulado de esta ley.
Se añade por el art. único.11 de la Ley 8/2014, de 23 de octubre. Ref. BOE-A-2014-11993 .
Tus anotaciones
Proeli/es-ar/l/2009/06/22/4#disposicion-adicional-undecima