Capítulo TÍTULO PRELIMINAR

Art. 5

En vigor desde 20 nov 2014
1. Son instrumentos de planeamiento territorial la Estrategia de Ordenación Territorial de Aragón y las Directrices de Ordenación Territorial, que podrán tener carácter zonal o especial. 2. Son instrumentos de gestión territorial los Programas de Gestión Territorial. 3. Son instrumentos especiales de ordenación territorial los Planes y Proyectos de Interés General de Aragón. 4. Son instrumentos de información territorial el Sistema de Información Territorial de Aragón y los Documentos Informativos Territoriales. 5. Son instrumentos complementarios de ordenación del territorio el Dictamen Autonómico sobre los Planes y Proyectos del Estado con incidencia territorial y los Informes Territoriales sobre Planes, Programas y Proyectos con incidencia en la ordenación del territorio. 6. Son instrumentos de protección, gestión y ordenación del paisaje los Mapas de Paisaje. Se añade el apartado 6 por el art. único.2 de la Ley 8/2014, de 23 de octubre. Ref. BOE-A-2014-11993 .

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eli/es-ar/l/2009/06/22/4#art-5

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