Título TÍTULO IV
Art. 56
En vigor desde 18 ago 2009
1. El Consejo de Servicios Sociales de las Illes Balears se estructura en los siguientes órganos:
a) El presidente o la presidenta.
b) El pleno.
c) Las comisiones funcionales.
d) Las comisiones sectoriales.
2. El pleno trata de las materias estratégicas más importantes para el sistema de servicios sociales, especialmente de las relacionadas con la planificación y los presupuestos.
3. Las comisiones funcionales siguen, de una manera permanente, el desarrollo de la gestión y la programación de los servicios sociales.
4. Las comisiones sectoriales tratan, de una manera especializada, de la planificación, la programación y el ordenamiento de sectores concretos de los servicios sociales.
5. El número y las funciones de las comisiones se determinarán en el reglamento de régimen interno que apruebe el pleno, el cual, asimismo, regulará la relación con el pleno y las comisiones. También se pueden crear comisiones temporales para deliberar sobre proyectos concretos.
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Proeli/es-ib/l/2009/06/11/4#art-56