Título TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO IIISecc. Sección 1.ª Órganos de coordinación

Art. 45

En vigor desde 18 ago 2009
1. El Comité de Evaluación de Necesidades de Servicios Sociales es el órgano técnico encargado de estudiar las necesidades sociales de la población y de evaluar la eficiencia y calidad del sistema de servicios sociales. 2. Está compuesto por personas expertas designadas por el Gobierno de las Illes Balears y las otras administraciones competentes en materia de servicios sociales. 3. Se regularán reglamentariamente su composición, el número de miembros, su funcionamiento y sus atribuciones, las cuales tienen carácter consultivo. 4. Las administraciones públicas integrantes deben designar a las personas que son sus representantes de acuerdo con sus normas competenciales y de procedimiento.
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eli/es-ib/l/2009/06/11/4#art-45

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