Título TÍTULO ICapítulo CAPÍTULO I

Art. 7

En vigor desde 1 may 2007
1. El sistema de protección ciudadana se fundamenta en las actuaciones y medidas de previsión, prevención y control de riesgos que garantizan su efectividad. 2. Los procedimientos para desarrollar este sistema son el análisis y la evaluación de los riesgos con el establecimiento de medidas de control y su implantación. 3. La Administración de la Comunidad Autónoma desarrollará, en todas las materias de su competencia, políticas de prevención y control de riesgos, estableciendo las medidas preventivas sectoriales necesarias para garantizar un modelo de seguridad integral.
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eli/es-cl/l/2007/03/28/4#art-7

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