Art. Disposición adicional primera

En vigor desde 25 may 2006
Anualmente, mediante decreto del Consell de la Generalitat, se actualizarán las cuantías de las sanciones previstas en el artículo 20 en la medida de la variación que experimente el índice de precios al consumo.
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eli/es-vc/l/2006/05/19/4#disposicion-adicional-primera

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