Título TÍTULO IX
Art. Disposición adicional primera
En vigor desde 24 jun 2005
Las funciones de investigación en salud pública que desarrolle la Escuela Valenciana de Estudios de la Salud serán asumidas por el Centro Superior de Investigación en Salud Pública en el momento de su constitución y puesta en funcionamiento.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es-vc/l/2005/06/17/4#disposicion-adicional-primera