Capítulo CAPÍTULO I

Art. 2

En vigor desde 16 abr 2003
El sistema general de seguridad pública de Cataluña se inspira en los principios siguientes: a) Prevención de los riesgos y de las amenazas. b) Adecuación del servicio público a la demanda social. c) Proximidad a los ciudadanos y descentralización de los servicios públicos. d) Eficacia de la acción pública y eficiencia en la asignación de recursos y medios. e) Planificación y evaluación de las actuaciones. f) Proporcionalidad de la intervención pública. g) Corresponsabilidad y complementariedad de autoridades y administraciones. h) Coordinación y cooperación entre autoridades, administraciones y servicios. i) Transparencia e información a los ciudadanos.
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eli/es-ct/l/2003/04/07/4#art-2

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