Título TÍTULO III

Art. 30

En vigor desde 9 abr 2003
El incumplimiento de las obligaciones contenidas en la presente Ley constituye infracción administrativa en materia de estadística en la Comunidad Autónoma de Extremadura. Se consideran responsables de las infracciones las personas físicas o jurídicas a quienes resulten imputables la acción u omisión constitutiva de la infracción. Las personas jurídicas serán responsables del pago de las sanciones impuestas como consecuencia de las infracciones cometidas por sus órganos, empleados o agentes.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-ex/l/2003/03/20/4#art-30

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil