Título TÍTULO VI
Art. 80
En vigor desde 18 mar 2003
Para la imposición de las sanciones previstas en la presente Ley serán de aplicación los principios establecidos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, así como las normas reguladoras del ejercicio de la potestad sancionadora por la Administración de la Comunidad de Madrid.
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Proeli/es-md/l/2003/03/11/4#art-80