Título TÍTULO ICapítulo CAPÍTULO XSecc. Sección 2.ª De la liquidación

Art. 102

En vigor desde 10 sept 2001
A las cooperativas les resultará de aplicación la normativa mercantil sobre derecho concursal, debiendo inscribirse en el Registro de Cooperativas de La Rioja las resoluciones judiciales que constituyan, modifiquen o extingan las situaciones concursales que afecten a la cooperativa.
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eli/es-ri/l/2001/07/02/4#art-102

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