Título TÍTULO IV
Art. 12
En vigor desde 13 abr 1998
Se habilita al Gobierno de Aragón para regular las retribuciones del personal con destino en el área de protección civil y en el centro de emergencias SOS Aragón, al que está adscrito el teléfono único de emergencias 112.
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Proeli/es-ar/l/1998/04/08/4#art-12