Título TÍTULO IV
Art. 12
12 / 21En vigor desde 13 abr 1998
Se habilita al Gobierno de Aragón para regular las retribuciones del personal con destino en el área de protección civil y en el centro de emergencias SOS Aragón, al que está adscrito el teléfono único de emergencias 112.
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Proeli/es-ar/l/1998/04/08/4#art-12