Título TÍTULO I›Capítulo CAPÍTULO II
Art. 9
En vigor desde 21 jul 1992
El ejercicio de las competencias de las Corporaciones Locales en el mantenimiento de la seguridad pública será prestado directamente por aquellas, no pudiendo reservar su ejercicio a sistemas de gestión indirecta del servicio.
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Proeli/es-md/l/1992/07/08/4#art-9