Título TÍTULO VCapítulo CAPÍTULO III

Art. Disposición transitoria duodécima

Derogado
En vigor desde 12 ago 1992
En tanto no se dicte el Reglamento previsto en el artículo 92.3, serán de aplicación como faltas graves o leves las tipificadas con ese carácter en el actual Reglamento de la Ertzaintza.
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eli/es-pv/l/1992/07/17/4#disposicion-transitoria-duodecima

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