Art. 12
En vigor desde 22 jun 1987
Para el cumplimiento de sus fines la Escuela Gallega de Administración Pública dispondrá de los siguientes medios económicos:
1. Recursos ordinarios:
1.1 Las cantidades que se le asignen en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma.
1.2 Los bienes y los valores que constituyen su propio patrimonio y los rendimientos de éste.
2. Recursos extraordinarios:
2.1 Las subvenciones oficiales y los donativos o aportaciones voluntarias de Entidades o particulares.
2.2 Las contraprestaciones económicas que generen los convenios que celebre y las actividades de la Escuela.
2.3 Los ingresos que obtenga por sus publicaciones.
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Tus anotaciones
Proeli/es-ga/l/1987/05/27/4#art-12