Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO III
Art. 48
En vigor desde 29 may 1986
La afectación podrá tener lugar mediante cualquiera de las siguientes formas:
a) Por Ley.
b) Por silencio.
c) Mediante acto expreso o tácito.
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Proeli/es-an/l/1986/05/05/4#art-48