Título TÍTULO VII›Capítulo CAPÍTULO IV›Secc. Sección 2.ª De las sanciones
Art. 110
En vigor desde 1 ene 2023
Por la comisión de las infracciones leves a que se refiere el artículo 106 podrán imponerse las siguientes sanciones:
a) Apercibimiento.
b) Multa de hasta 600 euros.
c) Inhabilitación para ocupar cargos en la entidad deportiva.
d) Suspensión de hasta un mes, o de uno a tres encuentros o pruebas.
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Proeli/es/l/2022/12/30/39#art-110