Título TÍTULO VIII
Art. Disposición adicional cuadragésima tercera
En vigor desde 1 ene 2011
Los programas y actuaciones a los que les será de especial aplicación durante el año 2010 el sistema previsto en la disposición adicional decimosexta de la Ley 37/1988, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1989, serán, cualquiera que sea el agente del sector público estatal que los ejecute o gestiones, los siguientes:
— Seguridad Vial.
— Acción del Estado en el Exterior.
— Promoción, administración y ayudas para rehabilitación y acceso a vivienda.
— Gestión de Recursos Hídricos para el Regadío.
— Creación de Infraestructuras de Carreteras.
— Infraestructuras del transporte ferroviario.
— Protección y mejora del medio natural.
— Actuación en la costa.
— Investigación científica.
— Investigación energética, medioambiental y tecnológica.
También será de aplicación el sistema de seguimiento especial, previsto en la presente disposición, a los objetivos establecidos en los Planes de Actuaciones de los entes públicos Puertos del Estado, Autoridades Portuarias y Aeropuertos Españoles y Navegación Aérea.
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Proeli/es/l/2010/12/22/39#disposicion-adicional-cuadragesima-tercera