Capítulo CAPÍTULO III
Art. Disposición derogatoria única
En vigor desde 21 ene 2011
1. Quedan derogadas todas las normas de igual o inferior rango en lo que contradigan o se opongan a lo dispuesto en la presente ley.
2. Quedan derogadas expresamente las siguientes disposiciones:
a) Apartados segundo y tercero del artículo 28 de la Ley 23/1998, de 7 de julio, de Cooperación Internacional para el Desarrollo.
b) Disposición adicional vigésima segunda de la Ley 62/2003, de 30 de diciembre, de Medidas fiscales, administrativas y del orden social, sin perjuicio de lo dispuesto en la disposición transitoria primera de la presente ley.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es/l/2010/10/22/36#disposicion-derogatoria-unica