Capítulo CAPÍTULO VII

Art. Disposición derogatoria

En vigor desde 18 nov 2010
Quedan derogados el artículo 2 de la Ley 16/1990, de 13 de julio, del Régimen especial del Valle de Arán; el artículo 7 de la Ley 1/1998, de 7 de enero, de Política lingüística, y las demás disposiciones contrarias a lo establecido por la presente ley.
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eli/es-ct/l/2010/10/01/35#disposicion-derogatoria

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