Art. Disposición adicional tercera

En vigor desde 16 nov 2007
En el marco de las políticas familiares, el Gobierno impulsará la coordinación con las Comunidades Autónomas en la determinación de las circunstancias asociadas a las ayudas familiares y en la integración de las políticas de la Seguridad Social con las de las mismas, a fin de conseguir un mayor grado de eficacia en la consecución de los objetivos comunes, respetando en todo caso el marco competencial de las Comunidades Autónomas.
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eli/es/l/2007/11/15/35#disposicion-adicional-tercera

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