Título TÍTULO XIII

Art. Disposición adicional decimonovena

En vigor desde 5 mar 2026
1. Las personas que hubieran percibido desde el 1 de enero de 1999 hasta el 31 de diciembre de 2005 las indemnizaciones previstas en la legislación del Estado y de las Comunidades Autónomas para compensar la privación de libertad en establecimientos penitenciarios como consecuencia de los supuestos contemplados en la Ley 46/1977, de 15 de octubre, de Amnistía, podrán solicitar, en la forma y plazo que se determinen, el abono de una ayuda cuantificada en el 15 por ciento de las cantidades que, por tal concepto, hubieran consignado en la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas de cada uno de dichos períodos impositivos. Si las personas a que se refiere el párrafo anterior hubieran fallecido, el derecho a la ayuda corresponderá a sus herederos quienes podrán solicitarla. Por Orden del Ministro de Economía y Hacienda se determinará el procedimiento, las condiciones para su obtención y el órgano competente para el reconocimiento y abono de esta ayuda. 2. Las ayudas percibidas en virtud de lo dispuesto en el apartado 1 anterior estarán exentas del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. 3. Las indemnizaciones previstas en la legislación del Estado y de las Comunidades Autónomas para compensar la privación de libertad en establecimientos penitenciarios como consecuencia de los supuestos contemplados en la Ley 46/1977, de 15 de octubre, de Amnistía imputables al período impositivo 2006, estarán exentas del Impuesto sobre la Renta de las personas Físicas en dicho período impositivo. 4. Estarán exentas de este impuesto, las indemnizaciones previstas en la disposición adicional vigésima de la Ley 20/2022, de 19 de octubre, de Memoria Democrática. Se modifica el título y se añade el apartado 4 por la disposición final 2.2 del Real Decreto-ley 6/2026, de 3 de marzo. Ref. BOE-A-2026-5060#df-2 Redactado conforme a la correccion de errores publicada en BOE núm. 66, de 16 de marzo de 2026. Ref. BOE-A-2026-6092

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eli/es/l/2006/11/28/35#disposicion-adicional-decimonovena

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