Capítulo CAPÍTULO V

Art. 26

En vigor desde 6 oct 2011
La asistencia jurídica del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía consistente en el asesoramiento jurídico y en la representación y defensa en juicio podrá encomendarse a los abogados del Estado integrados en el Servicio Jurídico del Estado, mediante la formalización del oportuno convenio, en los términos previstos en el artículo 14 del Reglamento del Servicio Jurídico del Estado, aprobado por el Real Decreto 997/2003, de 25 de julio.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/l/2011/10/04/34#art-26

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil